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YATE
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A) Atribuciones: gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 20 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Además, podrán gobernar motos náuticas. B) Condiciones: B.1 Estar en posesión de título de patrón de embarcaciones de recreo. B.2 Acreditar el reconocimiento médico a que se refiere el artículo 18. B.3 Aprobar el examen teórico correspondiente De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13, las prácticas básicas de seguridad y navegación podrán sustituirse por la realización y superación de un examen práctico. Estas asignaturas podrán ser superadas en distintas convocatorias de examen. |
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Apartados |
Tiempo mínimo |
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1.- Seguridad |
30 minutos |
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2.- Navegación: Teoría y ejerccios en la carta |
2 horas |
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3.- Radiocomunicaciones |
45 minutos |
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4.- Meteorología y Oceanografía |
30 minutos |
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5.- Legislación |
30 minutos |
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| Tiempo máximo para el examen 4 horas y 15 minutos | ||
Material para el examen |
Transportador Compás Bolígrafo Lápiz Goma de borrar Regla |
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| SE PERMITEN CALCULADORAS NO PROGRAMABLES La carta la proporciona el tribunal |
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Tfno.667 000 450